Los peces marinos de importancia ornamental en México, habitan principalmente ecosistemas arrecifales de tipo rocoso y en menor grado en parches de arena, pastos marinos y ecosistemas mixtos (i.e., la combinación de dos o más de los anteriores). Las capturas de invertebrados y de peces marinos que soportan la industria acuarística mexicana, iniciaron formalmente a mediados de los años 70. Las personas dedicadas al aprovechamiento de estas especies trabajaron con permisos de pesca comercial otorgados por las Delegaciones de Pesca de varias entidades, mismos que se conferían sin la menor evidencia científica sobre la abundancia o distribución de los organismos objeto de la captura. Aún durante los años 80, las cuotas de captura autorizadas se expresaban en términos de biomasa -kg, y apenas hasta la década pasada, por número de organismos. A partir de 1995, la SEMARNAP expidió permisos de pesca de "fomento" (i.e. de investigación) a instituciones públicas y privadas -y a particulares, con los que esperaba reunir la información científica que pudiera justificar eventualmente el establecimiento de una pesquería comercial de estas especies. Tales investigaciones apenas proporcionaron en 1999 elementos básicos para recomendar cuotas de aprovechamiento, mismas que con carácter "dinámico" se ajustaban de acuerdo con los "resultados" de las evaluaciones que, sobre la distribución y abundancia, simultáneamente se realizaban sobre el recurso. Derivado de los serios cuestionamientos hechos a este tipo de manejo "adaptativo" por la comunidad científica, algunas de las especies sujetas a este tipo de aprovechamiento fueron listadas precautoriamente en la NOM-059-ECOL-2001. Bajo este mismo criterio, si bien ciertamente no por ser sujetos del mismo aprovechamiento -sino por su carácter carismático, los tiburones blanco y ballena fueron listados en la misma NOM y se consideran en esta propuesta. Partiendo de la amplia experiencia de mi grupo de investigación, la posesión de extensivos bancos de datos e información de estos recursos, la iniciativa que aquí se presenta revisará su status y designación, criterios de inclusión o cambio en las distintas categorías de riesgo, mediante la aplicación del "Método de Evaluación del Riesgo de Extinción de las especies silvestres en México" (mer), especificado en la citada norma, para recomendar su reclasificación o su exclusión de la lista, si fuera necesario |